El Tribunal de Penas de la Liga Deportiva del Sur decidió dar por finalizado el partido entre Olimpia de Santa Teresa y Blanco y Negro de Alcorta en el que el jugador Ariel Ressia le aplicó una trompada al árbitro del partido cuando se jugaba el segundo minuto adicionado en el primer tiempo y, de esta manera, el tricolor quedó afuera de los cuartos de final. La sanción se conoció anoche a través de un Anexo publicado junto al Boletín Oficial N° 29.
El tribunal disciplinario resolvió, basándose en los artículos 106 inciso "G" y 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas, dar por finalizado el encuentro y registrar el resultado de dos a cero a favor de Blanco y Negro. Si bien se aventuraba que el partido se iba a completar, el organismo entendió la pertinencia de la aplicación del articulado en cuestión que indica textualmente:
"Art. 106°. PÉRDIDA DE PARTIDO. Perdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos: (...) g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante de personal técnico de uno o de los dos equipos."
El otro artículo citado se refiere a la decisión de aplicar el resultado de dos a cero a favor del visitante, e indica:
"Art. 152°. PÉRDIDA DE PARTIDO RESULTADO QUE SE REGISTRA. La pena de pérdida de partido hace perder al equipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrará con el resultado de cero gol para el equipo castigado y de un gol a favor para el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo, la cantidad de goles logrados en su favor si en el partido hubierse obtenido más de un gol."
Por otra parte, el Jugador Ariel Ressia, de Olimpia, fue sancionado con una suspensión de 10 años por agredir al árbitro. Los artículos citados por el Tribunal son los siguientes:
"Art. 183°. Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, dé empellones o zamarree violentamente con propósitos de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la A.F.A."
"Art. 189°. El Tribunal de Disciplina Deportiva, puede imponer hasta el doble de la pena fijada por la respectiva disposición reglamentaria, al jugador cuya infracción provoque la suspensión del partido."
Fuente: portaldelospueblos.com.ar
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